Fraude Financiero: Suplantación de Identidad

En estos tiempos la suplantación de identidad en relación a fraudes financieros en nuestro País han aumentado. La suplantación de identidad no solo abarca los engaños digitales o telefónicos, también ocurre cuando se extravían, clonan o les roban documentos personales, que los delincuentes usan para tratar de sacar un beneficio a costa de la suplantación de identidad.

Esta situación, exige que en materia de seguridad siempre recomendamos que evite situaciones que pueden generar fraudes financieros. En caso de que haya sido víctima de esta lamentable situación y realizó las denuncias respectivas, lo invitamos a contactar a nuestros abogados comerciales en caso de suplantación de identidad ante fraudes financieros.

¿Cómo está definida la Suplantación de Identidad en Colombia?

En el Código Penal, en su Art. 296. Falsedad Personal, se tipifica como aquel delito producido por una persona que con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño, sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, edad, estado civil, o calidad que pueda tener efectos jurídicos, incurrirá en multa, siempre que la conducta no constituya otro delito.

¿Qué Delito se Pueden Cometer Bajo la Suplantación de Identidad?

La suplantación de identidad es un delito que puede incurrir en muchos tipos de penas dependiendo del medio a través del cual fue ejecutada. Algunos de los delitos penales establecidos en el Código Penal más comunes se encuentran:

  • Estafa: El que obtenga provecho ilícito para sí o para un tercero, con perjuicio ajeno, induciendo o manteniendo a otro en error por medio de artificios o engaños, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Art. 246 del Código Penal.
  • Falsedad Personal, Como se había expuesto anteriormente en este artículo, la falsedad personal, viene definida como, el que con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño, sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, edad, estado civil, o calidad que pueda tener efectos jurídicos, incurrirá en multa, siempre que la conducta no constituya otro delito. Art. 296 del Código Penal.
  • Hurto por Medios Informáticos y Semejantes, El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el Art. 240Art. 269I del Código Penal.
  • Violación de Datos Personales, El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Art. 269F del Código Penal.

¿Qué puedo hacer si fui suplantado?

Lo principal es realizar la denuncia respectiva ante las autoridades competentes:

    • Denunciar si fue víctima de robo o de suplantación de identidad en el CAI Virtual.

Llame inmediatamente a las respectivas centrales de riesgos de los documentos que le robaron, para informar sobre su situación.

  • En caso de que lo anterior no le ayudó a solucionar su problema, diríjase directamente ante la Superintendencia Financiera a fin de presentar un nuevo reclamo.
  • Solicite una asesoría legal con COEM ABOGADOS para asesorarlo respecto de la suplantación de identidad para fraudes financieros.

¿Recomendaciones para evitar ser suplantado?

En su casa:

  • Si lo llaman para solicitar datos de tarjetas de crédito afirmando que es el banco o un premio importante, es un posible caso de fraude, evite dar sus datos financieros por esta u otra vía.
  • Guarde en un lugar seguro sus registros financieros, copias de su cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad y datos personales sensibles.
  • Triture los papeles que tengan información personal, confidencial o médica.
  • No deje por mucho tiempo la correspondencia en su buzón.

En un negocio:

  • No comparta su número de identificación, ni pasaporte en redes sociales.
  • No le dé su información personal a una persona que lo llame o le envíe un email.
  • Si llegara a asistir a una entrevista de trabajo, analice el perfil de la empresa, ya que algunas funcionan como mecanismos de robos de datos personales para suplantación de identidad de fraudes financieros.
  • Evitar compartir datos personales o financieros a través de redes sociales, correos electrónicos, llamadas telefónicas o cualquier otro medio.

En internet:

  • No sea víctima de” phishing” (técnica de los ladrones digitales para obtener información personal y financiera), evite a toda costa dar clic a enlaces de dudosa procedencia, que invitan a “premios, visas, dinero fácil, entre otros”, pueden llegar a ser softwares maliciosos que tratan de robar o suplantar su identidad por medios digitales.
  • Use contraseñas que la gente no pueda adivinar con facilidad.
  • Compre en sitios web seguros (aquellos con “https” al inicio del enlace web).
  • No ponga información personal en computadoras ubicadas en espacios públicos, como la biblioteca.
  • Instale un programa de seguridad en su propia computadora.

La importancia de evitar ser suplantado en Colombia.

Es posible que antes la posibilidad de ser suplantado aparezca la idea de que “si no tengo dinero, no tengo porqué preocuparme de ladrones digitales”. No obstante es necesario tener en cuenta que el ladrón podría obtener una tarjeta de crédito usando su nombre, y cambiando la dirección para que las facturas le llegan a él, y nunca pagarlas. Eso significa que la compañía de tarjeta de crédito pensará que usted no está pagando las facturas, dañando su vida crediticia de por vida.

Como este caso existen muchos otros, como la creación de identidades falsas en base a su identidad personal y si usted no llegó a denunciar sus objetos perdidos, existe la probabilidad de que sea involucrado o involucrada en una actividad ilícita, que no tiene conciencia de la situación.

Es por ello, que en caso de ser víctima de suplantación de identidad de fraudes financieros, lo invitamos a solicitar asesoría legal penal, donde nuestros abogados penalistas le podrán colaborar en su caso particular de suplantación de identidad en Colombia.